Enel presente artículo, nos adentramos en una problemática que afecta a muchos propietarios y comunidades de vecinos: la obligatoriedad de instalar un ascensor en edificios antiguos. Esta cuestión ha generado un intenso debate, tanto a nivel jurídico como social, ya que implica importantes consideraciones económicas y de accesibilidad para
Esosí, se deben cumplir una serie de requisitos. Sabemos que en tema de la instalación y pago de los ascensores es un tema de conflicto entre los vecinos. ¿Cuándo están obligados según la normativa vigente? Los propietarios deben instalarlo y pagarlo si la persona que lo solicita es un vecino mayor de 70 años o con una discapacidad.
Enresumen, los propietarios a los que se les ocupa parte de su piso o local para la instalación de un ascensor tienen obligación de permitir la creación de la servidumbre, siempre que la Comunidad y el acuerdo cumplan las siguientes exigencias: Que se cumpla la Ley de Propiedad Horizontal. Que no exista una pérdida de habitabilidad y
Lacomunidad de vecinos ha decidido cambiar la cabina del ascensor, y yo quiero, ya que nos metemos en obra, pues hacer que el ascensor llegue también a mi planta. En un principio el vecino de enfrente estaba de acuerdo en hacer llegar el ascensor hasta al ático, pero al pedir presupuestos luego el tío se rajó, porque dice que eran muy
Hoy 3 de Diciembre se celebra el Día Internacional de las Personas con Discapacidad y Diversidad Funcional. Con ese motivo, hemos decidido recordar algunas de las obligaciones y derechos de las comunidades de propietarios de cara a cumplir la normativa de accesibilidad en los edificios.. Según la legislación vigente, las comunidades de
Enlos estatutos pone que estoy exenta de todos los gatos comunes, hasta ahora no he pagado limpieza de portalni escalera puesto que mi entrada es independiente. Ahora me encuentro con una derrama de casi 20.000€ (pagaría más que muchos pisos) por un ascensor que ni voy a usar ni voy a disfrutar y que en los
Teresponde que en la junta de propietarios, no se alcanzó el acuerdo para su instalación. Él mismo votó en contra: prefiere subir las escaleras porque le viene bien Mirecomendación, ya que la comunidad no le hace caso, es poner en manos de un abogado experto civil este caso para defender por un lado el arreglo de la fachada y por otro lado, si procede el lucro cesante derivado de los beneficios que deja de percibir por no poder explotar la vivienda en alquiler. Un cordial saludo. Miguel 691564359
Enla comunidad de propietarios no había ascensor y hace unos 30 años se puso. LOs vecinos del entresuelo no qUisieron y por ello no se dejo puerta en su rellano. Ahora han vendido los 2 pisos y quieren poner la puerta del ascensor en esa planta. El
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  • no quiero poner ascensor en mi comunidad