2 Derecho de indemnización por clientela. Si a lo largo del primer año, a partir de la extinción del contrato de arrendamiento de renta antigua, el propietario arrienda el local para la misma actividad comercial o parecida a la que se venía ejerciendo en el local, el inquilino tiene derecho a una indemnización por clientela de 18
findel contrato de alquiler de “renta antigua” de locales de negocio El próximo día 1 de enero de 2015, es la fecha límite en la cual finalizará el plazo de prórroga de la mayoría de los alquileres de locales comerciales anteriores al 9 de mayo de 1985, y que venían disfrutando del pago la conocida como “renta antigua”.
Afecta a oficinas, locales comerciales, garajes o naves? El límite a la actualización de la renta del alquiler no tiene efectos en este tipo de inmuebles. Se limita a los contratos de alquiler de vivienda sujetos a la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos (LAU) en los que la revisión anual esté en este periodo de tiempo.
Noobstante lo anterior, hay tres excepciones por las cuales un contrato de renta antigua puede subsistir más allá del 1 de enero de 2015, con independencia de si el arrendatario era persona física o jurídica: Si el local fue traspasado entre el 1 de enero de 1985 y el 1 de enero de 1995, el contrato no se extinguirá hasta el 1 de enero de 2020.
1 Si en un contrato de arrendamiento se pactó que la renta sería de 7.200 euros anuales y que finalizaría el 30.11.2016 y el contrato entra en tácita reconducción, el inquilino podrá permanecer otro año
Yahemos visto en el post Extinción o finalización de alquiler de local de renta antigua cual es el momento de extinción de los contratos de arrendamiento de
Mihermana y yo hemos heredado un piso con renta antigua. Está a nombre de una persona que enviudó hace dos años. ¿Tienen los hijos derecho a seguir viviendo en el piso?
Larazón de ser de dicha disposición transitoria se encontraba, precisamente, en que existían contratos de arrendamiento anteriores a la entrada en vigor de la LAU de 1994 (los denominados en lenguaje coloquial "de renta antigua ") en los que el importe anual de las rentas que debía pagar el inquilino era incluso inferior al importe
Elalquiler de renta antigua se creó por la Ley 40/1964, de 11 de junio, de Reforma de la de Arrendamientos Urbanos, que establecía (i) que el contrato de alquiler se prorrogaba hasta el fallecimiento del inquilino y (ii) que, tras su muerte, su cónyuge, descendientes y otros familiares, podrían subrogarse en los derechos y obligaciones del
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